La ley de derechos y garantías al final de la vida, primer proyecto del nuevo gobierno de Castilla y León

Rubén Cacho / ICAL El vicepresidente de la Junta y portavoz, Francisco Igea, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno de Castilla y León

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El portavoz, vicepresidente y consejero de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior de la Junta,Francisco Igea, explicó este jueves, tras la celebración del primer Consejo de Gobierno del nuevo Ejecutivo autonómico, que el primer proyecto de ley que ha puesto sobre la mesa el nuevo Ejecutivo autonómico ha sido la ley de derechos y garantías de las personas al final de su vida, una adaptación al ámbito autonómico de la Ley 5/2018, de 22 de junio, sobre derechos y garantías de la dignidad de las personas en el proceso del final de la vida, que llegó a aprobarse en el Congreso pero que fue paralizada a su llegada al Senado por el “bloqueo político actual”.

“Es una ley de derechos y garantías que hace que todos sepan que tendrán en su mano el control de la información y la toma de decisiones hasta el ultimo de sus días”, señaló Igea, que consideró “una urgencia” la puesta en marcha de la norma como “primera medida” del nuevo Ejecutivo regional. “Es bueno empezar hablando de los derechos de los más vulnerables, es uno de los compromisos de nuestro pacto de gobierno y tendrá su tramitación a la mayor brevedad posible”, expuso.

Es por ello que en el día de hoy se ha expuesto un borrador que estaba ya redactado en el Grupo Parlamentario, “adaptando lo ya trabajado en el Congreso”, pero limitando su ámbito de aplicación a la autonomía. Ahora ese proyecto de ley tendrá que pasar el informe jurídico antes de llegar al consultivo: “Hoy empezamos ese tramite porque creemos que es urgente solucionar un problemas que tiene miles de personas y se enfrenta al final de sus días sin cuidados paliativos y sin información”, defendió antes de manifestar su confianza en que la nueva norma genere consenso entre los grupos políticos, para que “el trámite parlamentario sea breve” y pueda estar en marcha “en el plazo razonable de un año”.

Ante la pregunta de si esa norma supondrá la legalización en Castilla y León de la eutanasia, Igea señaló que “eso no sería posible porque es una competencia que depende del Estado y de su aprobación en el Congreso”. “Esta ley lo que sí permitirá es regular de forma más eficaz el derecho a la sedación en casos de enfermedades graves, progresivas e incurables. Los pacientes podrán ejercer el derecho a solicitar la sedación cuando no se consiga controlar los síntomas”, detalló.

“Se trata de garantizar a los ciudadanos que son ciudadanos de pleno derecho hasta el último de sus días, y que podrán decidir cuándo suspender un tratamiento, cuándo solicitar cuidados paliativos, y saber cómo seleccionar la información de que damos de los pacientes en esos casos, y garantizar el apoyo y acompañamiento que necesitan. Es una ley de derechos y garantías”, resumió.

Para Igea es “una urgencia para los ciudadanos”, más si cabe después de que en lugares como Burgos haya habido “sentencias recientes derivadas de la inexistencia de una normativa clara”.

Según detalló, en torno al contenido de la futura ley “existe un amplísimo acuerdo” ya que en la pasada legislatura se debatió en profundidad antes de conseguir “un amplio acuerdo social”, ya que “fue el proyecto de ley más respaldado, con casi 330 votos de los 350 posibles a favor”.

Interrogado sobre las coincidencias de la normativa regional respecto a la ley nacional, Igea explicó que la autonómica “tiene la particularidad de que no puede tratarse de una ley básica, como era la nacional, si bien el contenido esencial sobre derechos, prácticas, información, es prácticamente idéntico y muy parecido al de otras comunidades”. Entre las diferencias, explicó que “introducirá un sistema de régimen sancionador y de evaluación del cumplimiento”, una cuestión que será una auténtica “obsesión” para el nuevo ejecutivo regional, que pretende “ser capaz de evaluar todas las medidas y leyes que se implementen, su impacto y cumplimiento, a través de diferentes indicadores que permitan valorar su eficacia”.

Contenido de la ley

El borrador del anteproyecto de ley que se ha presentado hoy está compuesto por seis títulos, seis disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. El título preliminar establece el deber de pleno respeto a la voluntad de las personas en el proceso final de su vida, y se define el ámbito de aplicación de la ley mediante la concurrencia de un pronóstico vital irreversible y reducido en el tiempo, ocasionado tanto por una enfermedad incurable como por un deterioro extremo que provoque trastornos graves, irreversibles o incontrolables en quienes lo padecen.

El Título I recoge los derechos de las personas en el proceso final de su vida, prestando especial atención al derecho a la toma de decisiones y al derecho a una información asistencial completa, clara y comprensible. También regula situaciones en que pueda existir una falta de capacidad en los pacientes en razón de su minoría de edad o de su estado físico y cognitivo.

Los Títulos II y III contienen los deberes de los profesionales sanitarios que atiendan a ciudadanos que afronten esta situación, así como las garantías y obligaciones que las administraciones públicas y los centros sanitarios y sociosanitarios deberán cumplir para garantizar los derechos de los ciudadanos a pasar sus últimos días de vida en la situación que ellos mejor consideren, respetándose en todo momento su voluntad.

Los Títulos IV y V contienen elementos importantes a la hora de garantizar la correcta aplicación de esta norma: medidas de vigilancia y seguimiento del cumplimiento de la Ley y el régimen sancionador, respectivamente.

Y las disposiciones adicionales buscan establecer mecanismos de evaluación de la aplicación de la norma, su puesta en conocimiento de los profesionales y de la ciudadanía, la obligación de la Consejería de Sanidad a la hora de garantizar la formación de los profesionales sanitarios en materia de cuidados paliativos, mejora de las ayudas a las personas dependientes en el proceso final de su vida y medidas para preservar la eficacia de los cuidados paliativos.

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