Los pueblos de León pueden desde hoy eliminar franjas horarias de paseo, abrir bares, restaurantes y mercadillos

Imagen de las primeras terrazas tras la pandemia en Ponferrada. / César Sánchez / ICAL

vEste viernes 22 de mayo ha entrado en vigor la norma que elimina las franjas horarias en los municipios y juntas vecinales de ámbito territorial inferior al municipio de menos de 10.001 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado, las dos condiciones que impone el Ministerio de Sanidad dentro del alivio para todos los núcleos rurales en la desescalada del confinamiento por la pandemia de coronavirus. La segunda de ellas es una novedad de la que hasta hoy no se tenía noticia.

Según la orden ministerial que recoge el Boletín Oficial del estado (BOE) este viernes, después de muchos días de haberse anunciado, no habrá franjas horarias para los paseos de la población infantil ni para la actividad física de los adultos.

Además, se elimina el límite de un único adulto responsable para acompañar a los menores de 14 años y el máximo de tres niños. Todos los convivientes en un mismo domicilio podrán salir a pasear juntos. Esta actividad “se podrá practicar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia”, según reza en el BOE.

Los que aún no en León provincia

Esta decisión alivia, y mucho, la movilidad en la mayor parte del territorio de la provincia leonesa, aunque aún no se puede aplicar en los municipios más poblados y, por lo tanto, todavía no es de aplicación para una mayoría de leoneses. Y es que el criterio de los 10.000 habitantes deja fuera a capital León, Trobajo del Camino, Ponferrada, Astorga o La Bañeza, que tendrán que mantener los horarios restringidos de salidas.

Por su parte, el otro criterio, el de situarse por encima de los 100 habitantes por kilometro cuadrado, ampliaría la lista de municipios que no pueden beneficiarse aún de esta nueva medida. Según los datos oficiales del año 2016, que en su día publicó iLeon.com, serían León capital, La Bañeza, San Andrés del Rabanedo, Villaquilambre, Astorga, Ponferrada, Hospital de Órbigo, Santa María del Páramo, Cacabelos, Bembibre, Camponaraya, Sariegos, Toral de los Vados, Carracedelo y por muy poco también Fabero.

Sin embargo, y ante la enorme expectación que esta novedad ha generado en los ayuntamientos leoneses, de momento ninguna administración, ni Subdelegación del Gobierno ni tampoco Junta ni Diputación, han podido concretar con precisión qué núcleos leoneses finalmente quedarán incluidos en esta novedad o cuáles quedarán fuera.

Condiciones en los bares

La orden, que flexibiliza algunas restricciones en los municipios de menor tamaño que se encuentran en fase 0 y fase 1 para que puedan acogerse a algunas de las medidas previstas para la fase 2, también permite que los ayuntamientos, si así lo deciden, reabran los mercadillos que desarrollan su actividad al aire libre, estableciendo distancia entre los puestos y medidas de higiene.

También podrá procederse a la reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siguiendo las restricciones de la fase 2.

Esas restricciones para abrir bares y restaurantes suponen, por ejemplo, que no se puede superar el 40% del aforo o que los clientes no podrán servirse en la barra sino que serán atendidos por los camareros, “preferentemente mediante reserva previa” de una mesa o una agrupación de mesas. También se permite acceder a los establecimientos para recoger comida o bebida para llevar.

Todos los detalles hasta la mínima expresión son recogidos y aclarados con el BOE en la mano por Civio en un trabajo firmado por Eva Belmonte y que enlazamos pinchando aquí.

Velatorios e iglesias al 50%

Los velatorios de funerales podrán ser, según esta novedad, de hasta 25 personas al aire libre o 15 en espacios cerrados, lo mismo que la Fase 2 de la desescalada aprobada por el Gobierno. La comitiva fúnebre, de hasta 25 personas y, si lo hubiera, el cura o similar.

Además, se permite la apertura de centros de culto religioso a la mitad del aforo, siempre con mascarilla y con limpieza entre diferentes celebraciones. En ninguno de los lugares de culto puede haber contactos, ni besar ni tocar objetos, ni reparto de folletos, y tampoco se permiten los coros.

Deporte más profesional y piscinas al 30%

La nueva orden, por otro lado, permite la apertura de instalaciones deportivas cubiertas y las piscinas, ambas a un 30% del aforo, con cita previa y solo para hacer deporte. Para entendernos, no para bañarse por ocio o calor sino para practicar natación. Para ellos, se permite el uso de los vestuarios y solo se podrá entrenar de forma individual o en parejas si el deporte no exige contacto. En las piscinas, además, solo podrá nadar un deportista por calle, y se dará prioridad a los federados de deportes acuáticos.

También como si estuvieran en fase 2, esta orden ya permite que los clubes profesionales puedan entrenar en grupos de 14 jugadores -manteniendo la distancia necesaria-, pero se seguirá sin permitir el acceso de la prensa a los entrenamientos, según recoge Civil. Los clubes de ligas no profesionales federadas, por su parte, podrán empezar a realizar entrenamientos básicos individuales en sus instalaciones.

Y servicios sociales municipales y sus transportes

Se podrán leer libros en las salas de las bibliotecas y utilizar los ordenadores de consulta, pero a un 30% del aforo y limpiando tanto la zona de lectura como los ordenadores u otros dispositivos entre un usuario y otro. Eso sí, las salas infantiles y colecciones de libre acceso deben permanecer cerradas. Serán los ayuntamientos los que deberán velar porque se pongan en marcha de forma efectiva los servicios sociales, así como transportar a los habitantes de esos municipios para poder acceder a esos servicios.

Empadronados o vecinos de más de 14 días

Estas medidas de flexibilización de los paseos son de aplicación para las personas que estén empadronadas en el municipio y para las que residan allí desde hace más de 14 días, siempre que no presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario. Esto último es porque las dos semanas son el plazo establecido para garantizar que, a través de una cuarentena, ningún enfermo de coronavirus pueda contagiar a otra.

El Gobierno defiende con esta norma “adaptar la estrategia de desescalada a las particularidades de estos municipios” para poder atender a la “singularidad” de poblaciones rurales que, por razón de su dispersión, reducido tamaño o baja densidad poblacional permiten la realización de actividades que “entrañan un menor riesgo derivado de aglomeraciones o del uso intensivo de los medios de transporte colectivo”.

Nota: si no puede visualizar el PDF en su navegador puede “descargarlo pinchando aquí.

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