El Supremo archiva el ‘caso Caja España’ y confirma la sentencia que declaró extinta la responsabilidad de los consejeros

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ICAL

El Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación interpuesto por Izquierda Unida de Castilla y León contra el auto de la Audiencia Provincial de León, de 3 de septiembre de 2018, que confirmó el archivo del 'caso Caja España' por prescripción del delito, de forma que el caso queda definitivamente cerrado.

Según apunta en la sentencia emitida, el Supremo desestima el recurso por “no ser la resolución impugnada recurrible en casación, al no haberse dictado por el Juez de instrucción de León que llevó el asunto, antes de acordar el archivo por prescripción, ninguna resolución que concluyera que existían indicios concretos de responsabilidad sobre los investigados en el proceso”.

El fallo del Tribunal Supremo dado a conocer confirma, a su vez, el de la Audiencia Provincial de León, que archivó el caso 'Caja España' a pesar del auto de recurso presentado por la Fiscalía y al que se adhirió como acusación popular Izquierda Unida, y que confirmó la sentencia dictada por el Juzgado de instrucción número 5 de León que declaró la extinción de la presunta responsabilidad penal y la prescripción del delito societario que la acusación atribuía a 14 exconsejeros de la entidad financiera.

El Juzgado número 5 de León abrió una investigación, por un posible delito societario, sobre los miembros del Consejo de Administración de Caja España entre 2009 y 2012 por la refinanciación de una serie de préstamos a favor de empresas del que entonces era presidente de la entidad, Santos Llamas. En total, según sostuvo la Fiscalía y la acusación ejercida por Izquierda Unida, estas operaciones generaron un perjuicio económico a la entidad de casi 60 millones de euros.

Los exconsejeros justificaron la prórroga de los créditos concedidos a Llamas y a otros empresarios y argumentaron que actuaron dentro de la legalidad y de la propia normativa de la entidad y que no hacerlo hubiese implicado llevar a la Caja a una situación concursal, dado que eran varios los casos en la misma situación, con cantidades muy importantes pendientes de pago.

Los 14 exmiembros del Consejo, según defendieron sus representantes, tuvieron que elegir entre seguir el criterio de los órganos técnicos y aprobar esas operaciones o pedir la intervención del Banco de España, con consecuencias como la imposibilidad de acometer la fusión con Caja Duero o de recibir los préstamos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) o trasladar los activos tóxicos de la caja a la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, Sareb.

La Audiencia de León argumentó que el hecho objeto de la investigación y del proceso, quedó delimitado en los acuerdos adoptados en sesión del Consejo de Administración de Caja de España de 8 de enero de 2009, por lo que consideró la prescripción del delito societario y declara extinguida la presunta responsabilidad penal, que este miércoles confirma el Tribunal Supremo.

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