Sancionan a Santa Colomba de Somoza por pavimentar una calle del Camino de Santiago en Foncebadón

Calle pavimentada del Camino de Santiago en Foncebadón.

La FICS, compuesta por socios de más de 12 países expertos en el Camino de Santiago, venía contemplando con inquietud las obras de pavimentación de la calle Real de Foncebadón por parte del Ayuntamiento de Santa Colomba de Somoza, con fondos de la Diputación Provincial de León, al considerar que no se adecuaban al tipo de actuaciones y los criterios que se deben seguir en las intervenciones en Bien de Interés Cultural, además de Patrimonio de la Humanidad, como es el Camino de Santiago.

Según los expertos, la protección integral de la que goza el Camino es especialmente relevante en un lugar tan cargado de historia y significado jacobeo como Foncebadón. Por este motivo su Calle Real precisa de una actuación especialmente cuidadosa en lo formal, respetuosa con el entorno natural - y el carácter del caserío - y tal y como han valorado desde la FICS no la que se está realizando: “una intervención dura e impersonal que atenta contra tales valores y supone una evidente alteración de la imagen del conjunto urbano”.

Este fue el motivo por el que se solicitó información a la Comisión de Patrimonio Cultural de Castilla y León, con la intención de conocer si las obras que se estaban realizando estaban conforme a los niveles de protección y atención que se exige desde las propias leyes de la comunidad autónoma, a cuantos se trabajos se realizan en Bienes de Interés Cultural.

Ante dicha petición de información, la respuesta de la Comisión ha constatado que la ejecución de esas obras “desvirtúan la imagen del lugar, sin que exista constancia en los archivos de la sección de patrimonio cultural de la obtención de la preceptiva autorización del órgano competente en materia de cultura”. Ante esto esto, el delegado Territorial de la Junta de Castilla y León, en León, ha dispuesto la iniciación de procedimiento sancionador al Ayuntamiento de Santa Colomba de Somoza como presunto responsable de una infracción de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

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