El Comisionado de Transparencia obliga a Palacios del Sil a entregar a un vecino extractos bancarios y gastos municipales

El edifico consistorial del municipio de Palacios del Sil.

Jesús María López de Uribe

“El Ayuntamiento de Palacios del Sil debe facilitar al reclamante los enlaces concretos del portal de Transparencia de la web municipal donde figura la información relativa al desglose detallado de los gastos e ingresos del Ayuntaiento en los Ejercicios 2015, 2016 y 2017. Asimismo se debe facilitar al reclamante, previo pago, en su caso, de las tasas y exacciones oportunas, copia de los extractos bancarios de las cuentas de titularidad municipal de los años 2015, 2016 y 2017”.

Así de contundente se muestra el Comisionado de Transparencia de Castilla y León con el Equipo de Gobierno del PP y el alcalde desde septiembre de 2017, Roberto Fernández, tras denegar el acceso a la información solicitada por el vecino Manuel Expósito Álvarez que pretendía así fiscalizar los gastos e ingresos municipales; tal y como le confiere el derecho al acceso a esos datos la Ley de Transparencia.

El Ayuntamiento aseguraba que ofrecer información que la propia Ley indica que es Publicidad Activa (o sea, que es obligatorió incluir en su página municipal en Internet) era “una petición abusiva” por parte del vecino y reunirla “bloquearía la normal administración del Ayuntamiento”, por lo que esta resolución es una especie de 'reprimenda' por no haber cumplido con la legislación en este sentido.

Es decir, que según el Comisionado de Transparencia (que es también el Procurador del Común), cualquier vecino tiene derecho a recibir la documentación relativa a los gastos e ingresos municipales e incluso acceder a los movimientos de las cuentas, y en este caso reitera decisiones anteriores como la que obligó a la Junta Vecinal de Ferreras del Puerto a entregar 16 años de movimientos de cuentas corrientes.

El defensor del ciudadano remarca en su resolución que “por lo que se refiere a la solicitud sobre los ingresos y gastos del Ayuntamiento (lo cual, indudablemente, constituye información pública en los términos establecidos en la Ley de Transparencia Acceso a la Información y Buen Gobierno), se debe recordar que, sin perjuicio de que los documentos estén a disposición del público en las dependencias municipales o en el portal de transparencia de la web municipal, ello no deja sin efecto, en modo alguno, el deber de las Administraciones de dar respuesta expresa a las solicitudes de información presentadas por los ciudadanos, aportando la información concreta requerida”.

En concreto, Manuel Expósito solicitó en noviembre del año pasado conocer “la relación detallada de gastos e ingresos así como el estado actual de las cartillas. Con detalle de todos los ingresos desglosados y detallados que este Ayuntamieno ingresa en concepto de impuestos (licencias, IBI, expedición de documentos), ayudas, subvenciones y multas”, entre otras cosas. También el “detalle de todos los gastos desglosados y detallados que este personal gasta en personal, pagos de facturas (proveedores, obras y demás), dietas, desplazamientos, seguros, defensa jurídica, y kilometrajes”. Completando la información con “el estado de las cartillas y cuentas corrientes del Ayuntamiento donde se especifique el concepto de todas las entradas y salidas de dinero de las mismas”. Según el vecino, el Ayuntamiento se negó a darle esta información, y por ello reclamó amparo al comisionado.

No vale remitir sólo al portal de Transparencia

La Administración municipal se excusó ante el Comisionado de Transparencia indicando que había conformado las cuentas generales correspondientes a esos ejercicios, “y que tanto la documentación requerida como las liquidaciones y las cuentas generales se encuentran disponibles en la parte económica del portal de transparencia de la web del Ayuntamiento”. Un portal de Transparencia cuyo enlace es bien difícil de encontrar en la página de Internet del mismo.

Pero es que según los criterios de Transparencia nacionales remitir de forma genérica a una web para que la encuentre el vecino no sirve. Así, el Comisionado de Castilla y León indica en la resolución que “se constata que con dicha respuesta no se facilita a éste el acceso a la información concreta requerida, por lo cual ha de concluirse que la mera remisión genérica al ciudadano al ciudadano al portal de transparencia de la web del Ayuntamiento no se satisface su derecho de acceso a la información pública”.

Respecto a los movimientos de las cuentas corrientes la resolución a favor del vecino indica específicamente: “Conviene destacar que los extractos de las cuentas bancarias de la entidad local (información que, sin duda, es una muestra inequívoca de transparencia poniendo en conocimiento de los ciudadanos los gastos realizados y los motivos a los que obedecen) no constituyen información pública cuyo acceso esté limitado a los ciudadanos por la normativa de protecciónd e datos. Es por ello que no existe impedimento alguno para que se pueda acceder a esta información”.

El vecino afirma que es “un toque de atención al Ayuntamiento” que “incumple el objetivo de gasto”

Para el reclamante, Manuel Expósito, “una vez más el Ayuntamiento de Palacios del Sil recibe ”un toque de atención“. ”Esta vez ese toque viene del Comisionado de Transparencia de Castilla y León, que me da la razón estimando mi reclamación frente a la denegación de dejarme conocer el estado de las cuentas“, apunta.

La excusa fue “que se trataba de una tarea compleja y tiene un carácter abusivo y que paralizaría el resto de gestiones municipales” y para él, según un comunicado remitido a los medios de comunicación “resulta muy sorpréndete las causas de la denegación, primero porque el Ayuntamiento contrató en su día a un persona exclusivamente para la gestión de las cuentas municipales” y por lo tanto, para él “basar una inadmisión en que se paralizaría el resto de gestiones, se trata más de una mala excusa y por lo tanto la nula voluntad de facilitar lo que en se solicitó”.

De resultas de la disputa, tras reclamar al Comisionado de Transparencia después de una serie de peticiones legales con el Ayuntamiento de Palacios del Sil, el 10 de agosto de 2018 Expósito recibió un nuevo escrito por parte del Ayuntamiento de Palacios del Sil el cual me remite al Portal de Transparencia. La sorpresa llegó al comprobar “que el informe de estabilidad presupuestaria del ejercicio 2015 elaborado por el secretario–interventor se incumple el objetivo del gasto y el informe de la ñiquidación del ejercicio 2015 elaborado es desfavorable”. “Lo mismo ocurre con el informe de estabilidad y de liquidación del 2016”, asegura el vecino.

Un exalcalde, condenado por negar información

Se da la casualidad de que esta resolución de Transparencia se produce a favor de un vecino en el mismo Ayuntamiento por el que un antiguo alcalde, Fernando Fernández Astorgano (que dimitió en octubre de 2015), fue condenado en primera instancia en marzo del año pasado a la inhabilitación para cargo público durante dos años por negar información a una vecina. Es decir, que la resistencia de los que gobiernan a dar la información pública es ya una nefasta 'tradición' en este municipio.

Desde octubre de 2015 hasta septiembre de 2017 gobernó como alcalde Evelio Matías, ex concejal de Coalición por El Bierzo y por tanto como no adscrito, y fue sustituido por el popular Eduardo Fernández, que ha sido el que ha negado la información que se solicitó tras tomar él el bastón del mando.

“Quizás sea estos los motivos reales por los cuales el Ayuntamiento de Palacios del Sil me niega conocer el estado de las cuentas, ya que parece a la vista de los informes emitidos por la intervención del Ayuntamiento que las cuentas no están muy 'claras'. Derecho que todo ciudadano tenemos a conocer y saber cómo se gestiona 'nuestro' dinero”, afirma el reclamante tras serle dada la razón en este sentido.

Lo que es ineludible es que cualquier ciudadano tiene acceso a este tipo de información económica del gasto público. Los criterios de Transparencia tanto nacionales como autonómicos remachan el derecho de los vecinos a comprobar todas las cuentas y movimientos de las mismas de las administraciones y empresas públicas, como muestra esta repetida decisión del Comisionado de Transparencia de Castilla y León con varias de ellas.

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