Los tribunales ratifican la ilegalidad de los parques eólicos del nudo de Villameca

Parque eólico recurso

Ical

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en un auto del 13 de julio, ha ratificado la invalidez del procedimiento de autorización del parque eólico de Peña del Gato y, por extensión, de todo el complejo eólico del nudo Villameca, que afecta a las comarcas leonesas de Omaña, Cepeda y Bierzo.

Tras más de diez años de proceso judicial, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha dado la razón a SEO/BirdLife que desde el principio alegó las deficiencias de todo el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de los parque eólicos proyectados y ya construidos en la comarca de Omaña-Cepeda-Bierzo, en una importante zona para el urogallo cantábrico, catalogado como en peligro de extinción y recientemente declarada como “especie en situación crítica”, por el Ministerio y la propia Junta de Castilla y León.

SEO/BirdLife mantuvo desde el principio que ha habido una “clara fragmentación de proyectos”, tanto de los parques eólicos como de la subestación y tendidos necesarios para la evacuación de la energía, que en conjunto han supuesto la pérdida de “una importante superficie de hábitat disponible para esta especie amenazada”. Si bien no todos los parques planteaban un mismo nivel de impacto potencial, la evaluación debía hacerse en conjunto como así establecen las distintas normativas aplicables y puesto que formaban parte de un mismo entramado cuyos efectos eran acumulativos y sinérgicos.

Aún así, los parques se han ido autorizando y construyendo, derivando en un impacto ya realizado, por lo que el auto confirma que no puede aceptarse que se proceda retrotraer el procedimiento y modificar las Declaraciones de Impacto Ambiental para intentar validar unos proyectos que no fueron evaluados adecuadamente.

Por tanto, la Junta de Castilla y León y la promotora eléctrica deben asumir las decisiones judiciales, replanteando los proyectos desde el principio, “aunque ya sea imposible deshacer los impactos que han tenido hasta la fecha”, según apuntaron desde SEO/BirdLife.

Este nuevo auto sobre el parque de Peña del Gato, es el primero de muy probablemente otros dos: La Espina y Valdesamario, pues la tramitación que intenta legalizar los tres parques adolece de los mismos defectos y el TSJ ha sido concluyente en este auto al declarar que tras hacer un detenido análisis de las actuaciones administrativas y procesales que la nueva autorización de Peña del Gato “no solo va en contra de lo resuelto en la Sentencia al privarla de su efecto útil, sino que además ha sido dictada con la finalidad de eludir su cumplimiento, ya que, en resoluciones anteriores, se descartó cualquier posibilidad de subsanación”.

Así, el alto tribunal de Castilla y León entiende que no es admisible adaptar las declaraciones de impacto ambiental a los proyectos ya construidos, pues es desvirtuar la finalidad del procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Por tanto, el parque ha quedado sin cobertura jurídica alguna, y si el promotor quiere lograrla tiene que presentar una nueva solicitud que iniciaría el procedimiento desde cero, y todo ello sin perjuicio de que SEO/BirdLife esté estudiando la posibilidad de pedir la ejecución de este auto.

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